miércoles, 6 de febrero de 2013

Criminalización de la Lucha Social

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Recientemente se lanzó un libro sobre la criminalización de la lucha social en Cotopaxi, del autor Paúl Jácome. Reconozco que aún no leo ese libro, y debe, obligatoriamente, tener razonables fundamentos. Sin embargo, por el hecho de conocer de su lanzamiento y de tan ambigua rotulación, me puse a pensar, sobre el verdadero significado de “criminalizar” la lucha social, y, bueno, pensando, obtuve lo siguiente:

Del diccionario se obtiene que, “criminalizar” es “atribuir carácter criminal a alguien o algo.”.

Bajo este parámetro, no criminaliza el que llama a juicio, o acusa el acto supuestamente social. No criminaliza el que observa el resultado funesto de la revuelta. Tampoco criminaliza el que no está de acuerdo con los motivos de la refriega, o el que comparte con los mecanismos de control de masas.

Criminaliza el propio actor, quien, carente de sentido, llama “lucha social” a lo que debería llamarse “reclamo sectorial”. Eso es criminalizar: convertir en crimen algo que no lo es.

Así, se convierte en criminal el que, simulando ser actor o gestor social, destruye propiedad pública y privada, obstaculiza la libre movilidad del resto de ciudadanos, atenta contra la salud de los agentes de la ley, denigra, irrespeta, destruye. Queda claro mi punto: en el Ecuador no existe “lucha social”, partiendo del hecho de que nuestro “sistema de clases” no está bien definido. Lo que existe, eso si, son reclamos sectoriales, a conveniencia de grupos más o menos conformados, y liderados por un aciago pseudo líder, que busca la oportunidad de acceder a superiores instancias para beneficio personal.

Crimen es, en efecto, y porque lo dice la Ley, no yo, el ingresar cual asaltantes a edificaciones públicas y privadas, el saqueo, la destrucción de bienes, la amenaza, la injuria. Crimen es, porque lo digo yo, aunque no lo diga la Ley, la escasez de ideas, la falta de imaginación, la ignorancia de acto, la necedad, la estupidez y el borreguismo.

Siendo así, y regresando al diccionario, habremos de preguntarnos: ¿Acaso no atribuye carácter criminal, al altísimo derecho de libertad de expresión, el que, abusando de éste, injuria, calumnia y denigra? ¿No se vuelve criminal el derecho a reunirse, cuando se consuma en contra de la tranquilidad del prójimo? ¿No se convierte en criminal el que, arengando sus garantías constitucionales, destruye, hurta, invade y agrede?

Y, por último, que no es lo mismo protesta que lucha. Protestar es un derecho. Luchar es una opción extrema. Puedo protestar por cualquier cosa, aunque esté equivocado. No puedo luchar por cualquier cosa, ni de cualquier modo, porque podría llegar a afectar al prójimo, o al bien público y, en final instancia, eso me convierte en criminal.

Entonces, no es el Policía, ni el Fiscal, ni el Juez, ni el regente de turno, el que criminaliza la protesta: es el mismo protestante, quien, injustamente, trasvasa su protesta individual en una insupuesta lucha; lucha dañina, violenta y atentatoria. El que criminaliza no es la autoridad, sino el mismo protestante, que busca, perdido en sus arengas, convertirse en luchador criminal.